El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) emitió un decreto supremo que aprueba el reglamento del bono de alimentación S/270. En él, se refiere a la exigencia de acceso a este beneficio económico para reducir su impacto en la economía. La perspectiva del aumento de los precios de las materias primas. Más de 6 millones de peruanos en situación de vulnerabilidad reciben este subsidio auspiciado por el gobierno.
Tenga en cuenta que este apoyo económico ya fue pagado a los beneficiarios de los programas sociales Juntos, Pensión 65 y Contigo.
La administración del presidente Castillo Terrones ha dado luz verde a la distribución de la ayuda económica denominada Bono Alimentario que beneficia a las personas que tienen un menor ingreso y se encuentran afectados por los precios tan elevados de la canasta familiar básica.
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¿Cómo saber si soy Beneficiario del Bono Alimentario?
De acuerdo con el Midis, los potenciales beneficiarios del bono de alimentación son los ciudadanos mayores de edad (18 años) que deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Hogares en pobreza y pobreza extrema según el Registro General de Hogares (PGH) del Sistema de Hogares Cubiertos (SISFOH) administrado por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS)
- Usuarios del programa social “Contigo” y “Pensión 65”, salvo los beneficiarios de subsidios especiales adicionales del artículo 20 de la Ley N° 31538
- El Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS) afirmó que los beneficiarios eran los hogares cuyos miembros no estaban registrados en las nóminas públicas y privadas, con excepción de los pensionados, sobrevivientes y modalidades formativas
- De igual forma, el ingreso mensual de estos hogares no debe exceder los S/1,025
¿Qué personas son excluidas del Bono Alimentario?
La normativa establece que están exentos de este subsidio:
- Ciudadanos integrantes de hogares que se encuentren en la base de datos de declaraciones juradas de funcionarios públicos, servidores públicos y candidatos a cargos públicos de la Contraloría General de la República
- Los miembros que ostenten el cargo de Diputado, Alcalde de Distrito o Estado, Concejal, Gobernador Provincial, Concejal Local, Vicegobernador Provincial, Gobernador Provincial, Subgobernador y/o Vicegobernador
Acuerdo de pago
De acuerdo a la normativa, los beneficiarios pueden recibir bonos de S/ 270 en:
- Cuentas de Fondos
- Billetera Digital
- Cuenta con DNI del Banco de la Nación
- Recogida en ventanilla
- Otras realizadas en conjunto con entidades financieras con convenios vigentes
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Nota: El bono se entregó hasta el 30 de abril de 2023.



